Programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética
Fondo Nacional de Eficiencia Energética. FNEE
El Programa de ayudas INNOVAE (Programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética) establece una línea de subvenciones que tiene por objetivo incentivar proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética, que permitan reducir el consumo de energía final mediante la implantación de las mejores tecnologías disponibles en los siguientes sectores:
- Movilidad sostenible
- Industria
- Edificios existentes del sector terciario
- Generadores de frio
Presupuesto
Esta primera convocatoria está dotada con 115M€ con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, estando el presupuesto distribuido entre 4 subprogramas diferentes destinados a cada uno de los sectores antes mencionados.
Bases y Convocatoria
Bases: Orden TED/569/2026, de 4 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (Programa Innovae)
Convocatoria: Resolución de 17 de julio de 2026 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P, por la que se realiza la primera convocatoria del programa de proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (INNOVAE). Extracto de la Resolución de 17 de julio de 2026, publicado en BOE núm. 177, de 22 de julio de 2026
Publicada en la Base Nacional de Subvenciones (BDNS), identificador: 920153.
Plazo de presentación y vigencia del programa
Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación podrán presentarse desde las 9:00 horas de 15 de septiembre de 2026 hasta las 12:00 horas del 18 de noviembre de 2026, todo ello, a través del sistema telemático correspondiente alojado en el portal de ayudas de la sede electrónica del IDAE. La solicitud y la documentación para aportar con la misma se harán en castellano.
Transcurrido el anterior plazo de presentación de solicitudes expirará la vigencia de la presente convocatoria, y no serán admitidas más solicitudes.
Características principales
A continuación, se muestran las principales características de cada uno de los subprogramas:
1. Proyectos singulares en movilidad sostenible
| Objetivo | Fomentar actuaciones que eviten desplazamientos o mejoren la eficiencia energética en el transporte |
| Presupuesto | 30 M€ |
| Régimen de ayudas | Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas en forma de subvenciones |
| Bases reguladoras | Orden TED/569/2026, de 4 de junio |
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Beneficiarios |
Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa) Personas físicas con actividad económica, dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia. Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre |
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Actuaciones subvencionables |
Actuaciones innovadoras que engloben alguna de las siguientes tipologías: Tipología 1. Actuaciones que eviten desplazamientos o fomenten el cambio modal entre modos de transporte, a otros modos más eficientes |
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Requisitos |
Ahorro mínimo: 60 tep/año Coste mínimo elegible: 200.000 €/proyecto Ayuda máxima: 4.500.000 €/proyecto Plazo máximo ejecución: 18 meses |
2. Proyectos singulares en el sector industrial
| Objetivo | Fomentar la mejora de la tecnología en procesos industriales que reduzcan el consumo de energía final |
| Presupuesto | 30 M€ |
| Régimen de ayudas | Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas en forma de subvenciones |
| Bases reguladoras | Orden TED/569/2026, de 4 de junio |
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Beneficiarios |
Empresas del sector industrial, cuyo CNAE 2025 se encuentre dentro de los que se relacionan en el apartado b del anexo 1.3) de las Bases reguladoras. |
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Actuaciones subvencionables |
Aquellas actuaciones de mejora de la tecnología de los procesos industriales que reduzcan el consumo de energía final del proceso, mediante la mejora de la eficiencia energética. No serán subvencionables: Las instalaciones de cogeneración. |
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Requisitos |
Ahorro mínimo: 20% Coste mínimo elegible: 100.000 €/proyecto Ayuda máxima: 2.000.000 €/proyecto Plazo máximo ejecución: 24 meses Equivalente financiero máximo: 4M€ ayuda/ktep ahorro Energía final |
3. Proyectos singulares para la renovación de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones
| Objetivo | Facilitar que los edificios existentes alcancen la condición de 0 emisiones. |
| Presupuesto | 30 M€ |
| Régimen de ayudas | Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas en forma de subvenciones |
| Bases reguladoras | Orden TED/569/2026, de 4 de junio |
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Beneficiarios |
Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa) |
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Actuaciones subvencionables |
Actuaciones que engloben dos o más de las siguientes tipologías: Tipología 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica |
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Requisitos |
Calificación energética A o B en escala emisiones CO2 |
4. Proyectos singulares de sustitución de generadores de frío
| Objetivo | Fomentar la sustitución de grandes sistemas de refrigeración por comprensión mecánica (potencia eléctrica instalada superior a 100 Kw) |
| Presupuesto | 25 M€ |
| Régimen de ayudas | Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas en forma de subvenciones |
| Bases reguladoras | Orden TED/569/2026, de 4 de junio |
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Beneficiarios |
Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa) |
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Actuaciones subvencionables |
Actuaciones de renovación por sustitución de los grandes sistemas de refrigeración por compresión mecánica directos e indirectos por nuevos sistemas de compresión o por la conexión a redes de distribución de frío. Se incluirán como subvencionables: Sistemas de refrigeración No serán subvencionables: Las instalaciones de generación de frío por absorción y adsorción. Las nuevas instalaciones frigoríficas no deberán tener un potencial de calentamiento atmosférico (PCA) igual o superior a 150. |
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Requisitos |
Ahorro mínimo: + 20% Coste mínimo elegible: 100.000 €/proyecto Ayuda máxima: 2.000.000 €/proyecto Plazo máximo ejecución: 18 meses |
Más información
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, pueden dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas de detalle sobre las Bases reguladoras y su Convocatoria, pueden dirigirse a:
Proyectos singulares en movilidad sostenible: innovae.movilidad@idae.es
Proyectos singulares en el sector industrial: innovae.industria@idae.es
Proyectos singulares para la renovación en profundidad de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones: innovae.edificios@idae.es
Proyectos singulares de sustitución de generadores de frio: innovae.frio@idae.es
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
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